No hay que pagar las multas para trámites en el Registro Automotor

El Defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe, Raúl Lamberto, informó que para realizar cualquier tipo de trámite en el Registro de la Propiedad Automotor no es obligatorio abonar multas de tránsito que surjan de las consultas al sistema a través del Formulario 13. En caso de que se detecten infracciones, el ciudadano puede optar por una “negativa de pago”, gracias a la cual podrá culminar con la gestión sin ningún tipo de impedimento.

En las últimas semanas se incrementó sensiblemente la cantidad de santafesinos que se acercan a la Defensoría del Pueblo señalando que les piden abonar multas de tránsito para terminar con algún trámite en el Registro Automotor. Si bien es obligación del Registro Automotor solicitar el informe de multas de tránsito para diversos trámites, el hecho de que el informe arroje la existencia de multas impagas no es motivo que impida terminar los trámites mencionados. Esto quiere decir que el titular no está obligado a abonar al Registro la multa, aunque si desea puede hacerlo voluntariamente.

La Defensoría del Pueblo remarcó que, de acuerdo a la Ley Nacional de Tránsito, el responsable de una infracción de tránsito es el conductor del vehículo al momento del hecho.

3 Comentarios

  1. ¿Adonde dice Lamberto que no se deben pagar las multas para renovar el carnet?.Se refiere a TRANSFERENCIAS DE AUTOS ANTE EL REGISTRO DEL AUTOMOTOR.
    NO SEAN BRUTOS Y NO MALINFORMEN A LA GENTE

  2. ¿Adonde dice Lamberto que eso sea para sacar el Registro de Conductor?.Se refiere EXCLUSIVAMENTE a la transferencia de vehículos ante el Registro Automotor.
    Interpreten bien las cosas y no malinformen.

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