El autor disiente con los constitucionalistas que anteponen las formas para obturar la discusión sobre el modelo agroexportador. Y afirma que el Estado, al designar un interventor, está marcando el camino de salvataje de la empresa.

Por Juan Andrés Pisarello (*)

El Poder Ejecutivo Nacional, a través de un decreto de necesidad y urgencia N° 522/2020, intervino transitoriamente la empresa Vicentín SAIC por un plazo de 60 días. Con esta intervención, algunos sectores de la opinión pública intentan acotar el marco de discusión a través de la falsa premisa que la propiedad privada es absoluta y que los Estados no pueden decidir ni participar en determinados sectores de la economía.

También existen otros argumentos, como el que esbozó Roberto Gargarella en la nota del diario La Nación de fecha 08/06/2020, que esconden posiciones como las anteriormente dichas pero que usan un maquillaje más rebuscado: para realizar cambios sociales, deben participar en la discusión absolutamente todos los actores, y luego de dicho proceso puede recién tomarse un decisorio que contemple una visión plural.

Disiento profundamente que en esta coyuntura particular intente justificarse la teoría del constitucionalismo dialógico. Porque sirve como estrategia dilatoria. No se puede proponer la utilización de determinadas formas como móvil para esterilizar la discusión sobre la participación del Estado en el seno del modelo agroexportador. Como sociedad estamos ante una oportunidad única en la historia de acceder a dicha plataforma. El volumen de exportación de la empresa y el contexto sanitario justifican plenamente la rapidez de la medida.

Vicentín SAIC concentra gran parte del  mercado cerealero y de oleaginosas de la Argentina.  Periódicamente solicita asistencia financiera al Estado Nacional y, como es de público conocimiento, el actual directorio del Banco Nación consideró que el proceso de endeudamiento que acumuló la empresa con dicha entidad bancaria superó los límites a los que podía acceder la firma. Llamativamente el período donde se llevó a cabo esta operatoria fue entre los años 2015 y 2019. Luego de ello, la empresa procedió realizar su concurso de acreedores que actualmente tramita en un Juzgado Civil y Comercial de la ciudad de Reconquista.

Por ello el Estado Nacional, al designar un interventor por un plazo determinado, está marcando el camino de salvataje de la empresa. El interventor conocerá las operatorias del conglomerado de empresas de Vicentín SAIC y consecuentemente deberá rendir cuentas frente al juez concursal.

La intervención que ordenó el Gobierno Nacional responde a una figura que se denomina de “ocupación temporánea” y se justifica en la utilidad pública: es necesario el uso transitorio por parte del Estado del conglomerado de empresas que conforman Vicentín SAIC para continuar con la actividad, conservar los puestos de trabajo y preservar los activos y su patrimonio.

Por ende, la ocupación temporaria es un paso previo al de la expropiación y está destinada a evitar desfinanciamientos y mayores pérdidas económicas de la empresa. En los próximos días debe enviarse al Congreso de la Nación el proyecto de ley que establece la utilidad pública y la consecuente expropiación. Cuando comience la discusión legislativa, se dará la circunstancia que ante la emergencia económica de Vicentín SAIC habrán actuado los tres poderes del Estado: el Poder Judicial en el concurso preventivo de la empresa, el Poder Ejecutivo en la intervención y el Poder Legislativo en el tratamiento de la expropiación.

El interrogante que se abre es si este trabajo mancomunado permitirá fijar posiciones comunes para persuadir a la ciudadanía –como requiere la democracia– en relación al valor que se encuentra en juego, que es el de la soberanía alimentaria en un momento de vulnerabilidad colectiva por la pandemia de Covid-19 que estamos atravesando.

La comunidad, a través del Estado, debe tener la oportunidad de obtener mayores estándares de conocimiento y participación sobre un sector concentrado del mercado agroexportador que históricamente tiene prácticas reñidas con la publicidad de sus actos y la de sus operatorias patrimoniales. Las consecuencias que sufren este tipo de empresas terminan afectando la economía de un país y siempre se amplifican hacia el tejido social. Por ello, merecemos mejores reglas en los momentos más delicados.

(*) Abogado por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral (UNL). Miembro del Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Santa Fe. Autor de “Obligación Consultiva. Aproximaciones sobre el Diálogo en el Sector Público Municipal”.

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