Reforma de la Constitución: una nueva arquitectura de reparto del poder después de seis décadas

reforma constitucional - constitución de santa fe

ANUARIO 2025 | Uno de los hitos de 2025 fue la sanción de la nueva Constitución provincial. Para lograrlo, el gobierno sumó apoyo de algunos sectores de la oposición.

Después de 63 años, la provincia de Santa Fe actualizó su Constitución luego de una histórica Convención que se desarrolló durante dos meses en la Legislatura. La sanción de la nueva Carta Magna tuvo 52 votos a favor y 17 en contra.

La nueva Constitución de Santa Fe, votada el 10 de septiembre y jurada dos días después, incorporó 44 artículos nuevos, reformó otros 43 e incluyó 27 cláusulas transitorias.

En términos políticos, la principal novedad es que, ahora, se incorpora la reelección del gobernador –vedada por el texto de 1962– y se limitan a un solo mandato las reelecciones indefinidas del resto de los cargos electivos, lo que implica en los hechos una nueva arquitectura de reparto del poder.

Los principales cambios en la nueva Constitución

La nueva Constitución de Santa Fe implica una profunda reforma sobre el esquema institucional vigente, que ahora deberá ser respaldada con la sanción de nuevas leyes. Los principales cambios se pueden agrupar según las temáticas abordadas durante la reforma:

Régimen político y electoral

    • Se habilita la reelección del gobernador y vice por un solo mandato consecutivo.
    • Se limita a un solo mandato la reelección de los demás cargos electivos: diputados, senadores, intendentes y concejales.
    • En la Cámara de Diputados se elimina la mayoría automática de 28 bancas para el partido que gana esa categoría. De ahora en más, las 50 bancas se repartirán en forma proporcional a través del sistema D’Hondt entre todas las fuerzas que hayan superado el umbral o piso electoral.
    • Las listas de diputados y diputadas provinciales deberán incluir al menos a un candidato o candidata por cada uno de los 19 departamentos de la provincia.
    • Se modifica la redacción del artículo 51 que trata sobre los “fueros” o inmunidades parlamentarias.
    • Las sesiones ordinarias de la Legislatura comenzarán el 15 de febrero de cada año (ya no el 1º de mayo, como dictaban las anteriores constituciones) y se extenderán hasta el 30 de noviembre.

Nuevos derechos

    • El capítulo de Principios, Declaraciones, Derechos y Garantías incorpora nuevas nociones en torno a la educación pública, el ambiente y el acceso a las nuevas tecnologías.
    • El nuevo texto les otorga rango constitucional a los derechos de las víctimas de delitos.
    • Se establecen nuevas formas de participación ciudadana, entre ellas, la revocatoria de mandatos.

Poder Judicial

  • La reforma ordena a la Legislatura sancionar un nuevo marco normativo para adecuar el diseño institucional del Poder Judicial a los cambios aprobados durante la Convención.
  • El Ministerio Público de la Acusación y el Servicio Provincial de Defensa Penal serán considerados órganos extra poder.
  • Se fija en 75 años la edad máxima para los jueces que integran la Corte Suprema provincial.

Régimen municipal

    • El nuevo régimen municipal de regiones y áreas metropolitanas sienta las bases para la autonomía municipal, que previamente deberá ser aprobada por los Concejos Municipales.
    • Todas las localidades pasarán a ser consideradas ciudades. Se elimina la categoría de comuna y se unifica la duración de todos los mandatos en cuatro años.

La reelección, las cláusulas transitorias y los acuerdos políticos

En la Convención Reformadora, el oficialismo provincial tuvo mayoría, pero no quórum propio. Las 69 bancas que se pusieron en juego en las elecciones del 13 de abril se repartieron a través del sistema D’Hondt.

Para sancionar en general la nueva Constitución, el bloque de Unidos para Cambiar Santa Fe consiguió el apoyo de siete de los 12 convencionales de Más para Santa Fe (PJ y aliados), de otros dos convencionales del bloque Activemos liderado por Marcelo Lewandowski y de los tres dirigentes que ingresaron a la reforma por la lista del Frente de la Esperanza que encabezó la fallecida Alejandra “Locomotora” Oliveras.

Durante la discusión sobre la cláusula transitoria que habilita la reelección del gobernador a partir de 2027, el oficialismo la terminó zanjando a su favor con la valiosa colaboración de algunos sectores de la oposición. Ese debate giró en torno a la posibilidad de que Maximiliano Pullaro pueda –o no– acceder a un segundo mandato.

Finalmente, 45 de los 69 convencionales optaron por aprobar la cláusula tal como la presentó el bloque oficialista.

La cláusula transitoria quedó redactada de la siguiente forma: “Los mandatos de las autoridades provinciales elegidas por el voto popular que se encuentran en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma no son considerados como primer período, con excepción de lo dispuesto para el gobernador y vicegobernador para quienes el mandato vigente se considera primer mandato”.

Esto significa que Pullaro podrá presentarse en 2027, mientras que el conjunto de los diputados, senadores, intendentes, concejales y autoridades comunales en ejercicio de sus mandatos también podrán postularse en 2027 y –de ser electos– ese período se considerará como el primero, por lo que quedarán habilitados para volver a competir, por los mismos cargos, en las elecciones de 2031.

Dejar respuesta

Por favor, ¡ingresa tu comentario!
Por favor, ingresa tu nombre aquí