Milei envió hoy el proyecto al Senado y buscará aprobarlo en sesiones extraordinarias. Como era de esperarse, la iniciativa es un ataque directo a los derechos de los laburantes. Despidos más flexibles, vacaciones más cortas y menos derecho a huelga.
El presidente Javier Milei firmó hoy el proyecto de Reforma Laboral y lo envió al Senado de la Nación, donde buscará aprobarlo en sesiones extraordinarias. El debate en comisión daría inicio la semana próxima, y el gobierno espera conseguir la media sanción antes de fin de año.
Como era de esperarse, la reforma que propone el gobierno es un ataque directo a los derechos de las y los trabajadores e implica un retroceso en materia de negociación colectiva. El proyecto "flexibiliza" puntos clave, como despidos, indemnizaciones, jornada laboral, convenios colectivos, paritarias, vacaciones y derecho a huelga, siempre a favor del empleador.
Según el jefe de gabinete Manuel Adorni, el proyecto "representa la transformación más grande de la historia argentina en materia laboral". Sin embargo, el asesor gubernamental Julián De Diego, uno de los abogados que participó en la escritura de la reforma, reconoció: "No creo que vaya a generar nuevos puestos de trabajo registrado".
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Las claves de la reforma
Convenios colectivos y fin de la ultraactividad
Los convenios sólo regirán para sus partes y su ámbito directo, limitándose la ultraactividad (la renovación automática): al vencer un convenio, solo se mantendrán vigentes las cláusulas referentes a las condiciones de trabajo. Las obligacionales deberán volver a ser acordadas por las partes.
Los convenios de ámbitos menores (por empresa o establecimiento) podrán prevalecer sobre los mayores, incluso si estos últimos son posteriores. Los nuevos componentes remunerativos variables no generarán ultraactividad, aun tras largo tiempo de aplicación.
Jornada laboral
Se introducen los bancos de horas, permitiendo que horarios pico de producción se compensen con menos carga en otros períodos. Se mantienen los descansos mínimos: 12 horas entre jornadas y 35 horas semanales. Se podrán pactar acuerdos individuales de compensación en ámbitos ocupacionales con mayor demanda estacional o fluctuante.
Salarios
Se habilitan pagos extra por productividad o mérito. Los salarios podrán pagarse en pesos, moneda extranjera, alimentos, especie o habitación. Los beneficios sociales —comedor, reintegros médicos, guardería, útiles escolares, cursos, etc.— serán no remunerativos, sin aportes ni contribuciones.
Período de prueba
El contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros seis meses de vigencia. Cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso, sin derecho a indemnización. Así, el empleador no podrá contratar más de una vez al mismo empleado utilizando el período de prueba.
Derecho a huelga
Se amplía el rango de actividades consideradas "esenciales" o "trascendentales", lo que, en la práctica, limita el derecho a huelga, ya que debe garantizarse una prestación de servicios mínima del 75% y 50% respectivamente. Habrá sanciones por bloqueos y asambleas en los lugares de trabajo.
Vacaciones
Se podrán fraccionar las vacaciones, en tramos nunca inferiores a siete días y garantizando que cada trabajador pueda tener sus vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
Despidos
La indemnización por despido sin justa causa será de un mes de sueldo por año trabajado, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual, con un tope máximo de tres veces el salario promedio del convenio aplicable. Se excluyen aguinaldo, vacaciones y premios del conteo final -lo cual reducirá su monto-, y se habilita el pago en cuotas.
Se excluirán reclamos civiles paralelos. Se habilita a los empleadores a constituir fondos de cese laboral para solventarla, y se mantienen las indemnizaciones especiales para supuestos de enfermedad, accidente o muerte del trabajador.
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Limitaciones a los sindicatos
Las deducciones automáticas a favor de los sindicatos sólo se darán cuando provengan de leyes, estatutos o convenios de empresa signatarios, requiriendo consentimiento expreso del trabajador en el resto de los casos. Se refuerzan los controles sobre prácticas sindicales vinculadas a conciliaciones.
Paritarias
Se incorpora el deber de negociar de "buena fe" en las mesas paritarias. Esto implica el intercambio obligatorio de información económica, reportes de productividad, empleo y estructura de costos laborales y actualización de datos durante la vigencia del convenio.
Aportes patronales
Disminuyen las contribuciones que pagan los empleadores al sistema de seguridad social y obras sociales.










