La Justicia dio la razón a las universidades: hay que aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

Marcha Federal Universitaria Financiamiento Universitario
Foto: Victoria Carballo

La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar dictada en primera instancia y cuestionó la apelación del Poder Ejecutivo.

La Cámara Contencioso Administrativo Federal rechazó la apelación del Gobierno nacional y ratificó la medida cautelar que había ordenado al Poder Ejecutivo aplicar la Ley de Financiamiento Universitario.

Puntualmente, la medida cautelar exige que se cumpla de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, que refieren a la actualización de los salarios de los docentes y no docentes de las universidades públicas entre el período 1/12/2023 hasta la sanción de la ley, en septiembre del 2025. También peticiona la recomposición de todos los programas de becas de los estudiantes.

En sus argumentos, los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán plantean que resultan poco serios los agravios presentados por el Estado relativos a que la medida cautelar constituiría una sentencia definitiva encubierta.

Además, resaltaron que el impacto fiscal de la ley de Financiamiento Universitario es bajo y no se afecta sustancialmente el interés público; por el contrario, se ponía en conflicto un derecho central de la Constitución como la educación superior pública.

La cautelar había sido dictada en diciembre del año pasado por el juez federal Enrique Cormick, en el marco de una acción de amparo promovida por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras entidades del sistema universitario. La presentación contaba con el respaldo de más de 40 universidades públicas.

En su momento, el magistrado consideró que el Decreto 759/2025 -que suspendió la ejecución de la Ley 27.795 y estableció que la norma solo podrá aplicarse cuando se determinen recursos específicos para solventarla- tenía rasgos de “arbitrariedad e ilegalidad manifiesta”.

Además, sostuvo que existía una “inobservancia clara e incontestable de un deber jurídico, concreto y específico” ante la demora, por su impacto en el funcionamiento universitario.

Sin embargo, Nación calificó la decisión judicial como “arbitraria” y argumentó que la ley requiere definir previamente sus fuentes de financiamiento e incorporar las partidas correspondientes en el Presupuesto. Según el Gobierno, la cuestión presupuestaria compete al Congreso de la Nación y no al Poder Judicial. También advirtió sobre sus posibles efectos en el equilibrio fiscal, algo que fue desacreditado por la Cámara en su fallo.

Con información de Infobae

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