El nuevo formato de la esclavitud

ANUARIO 2014. Trata: reformas legales, 1.500 mujeres
rescatadas del horror y el rol de las organizaciones.
Está catalogada como la esclavitud del nuevo siglo y nadie
discute que la trata de personas con fines de explotación sexual o laboral es
la forma de violencia más instalada en nuestra sociedad. El delito de trata se
impuso en las agendas de los países de la región debido al intenso trabajo de
las organizaciones sociales, que empiezan ser escuchadas a través de denuncias,
de exposición de casos puntuales en los medios masivos y de múltiples
actividades de sensibilización. En Argentina, la Ley Nº 26.842 de Prevención
y Sanción de la Trata
de Personas y Asistencia a sus Víctimas está a punto de cumplir dos años desde
su sanción definitiva. Aunque todavía no fue reglamentado el artículo referido
a la asistencia a víctimas, las cifras son alentadoras ya que más de 1.500
mujeres en situación de explotación fueron liberadas durante 2014.
Uno de los enfoques más interesantes sobre la temática es
aportado por numerosos grupos que discuten la noción de prostitución como el
oficio más viejo del mundo, quienes presentaron un documento con reflexiones,
disidencias y propuestas ante el ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, y la
comisión redactora del anteproyecto de reforma del Código Penal, que define la
trata de personas como las acciones de captar, transportar y recibir, y agrega
“para someter a una persona a extracción forzada de órganos o tejidos o a
cualquier forma de explotación sexual o laboral o el que con el mismo fin
promoviere o facilitare su entrada o salida del país, aunque medie el
consentimiento de la víctima”. En el anteproyecto se omiten las acciones de
“ofrecer” y “acoger”, con lo que quedan fuera de la tipificación los casos de
ofrecimiento que suelen realizar los proxenetas, además limita arbitrariamente
la persecución penal del delito por la Justicia Federal.
Otro punto cuestionado es que bajaría la pena en proxenetas que exploten a
víctimas mayores de edad, quienes deberán demostrar su consentimiento. Así, se
volvería a la ley de trata aprobada en 2008 y reformada en 2012, que finalmente
terminó endureciendo las condenas.
Cabe recordar que nuestro país es signatario del Convenio
para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución
ajena de 1949, que persigue el proxenetismo, prohíbe la instalación de
prostíbulos y considera a la prostitución como el mal que acompaña a la trata de personas. Argentina también suscribe a la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, a la Convención de los
Derechos del Niño, al Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención Americana
de Derechos Humanos.
Publicada en Pausa #148. Pedí tu ejemplar en estos kioscos
de Santa Fe y Santo Tomé.

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