Chile ya tiene su ley de identidad de género

La normativa, que la semana pasada había sido aprobada en el Senado, fue finalmente sancionada luego de cinco años de discusiones y trámites entre ambas cámaras.

Con 95 votos a favor y 46 en contra, la Cámara de Diputados chilena transformó ayer en ley el derecho a la identidad de género.

“Este día es tan importante porque significa que las personas trans vamos a poder tener un documento, poder dejar de estar en la calle y mejorar nuestra vida. Además es importante que nos dejen hablar a nosotrxs. Las personas trans tenemos que hablar”, dijo Franco Fuica, encargado de legislación y políticas públicas de la Organizando Trans Diversidades (OTD).

Minutos después de que culminara la votación, Zuliana Araya, activista trans, concejala de Valparaíso y presidenta del sindicato Afrodita también conversó con la prensa: “La mayoría de las compañeras ejercen el trabajo sexual y esta es una oportunidad para salir de la calle. Es una lástima que no se haya reconocido a les niñes también. Eso era muy importante porque se trata de las nuevas  generaciones”.

La ley solo contempla a mayores de 14 años, por lo que organizaciones de la diversidad sexual interpusieron recursos ante la ONU y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

La directora jurídica de Fundación Iguales, Jimena Lizama, dijo a Agencia Presentes que este paso es “un hito en el reconocimiento del derecho a la identidad de género de las personas trans y un tremendo triunfo para los y las adolescentes entre 14 y 18 años, quienes podrán acogerse a esta iniciativa”. Pero a su juicio, “el Estado queda en deuda con la infancia trans. Niños y niñas también son sujetos de derechos, y por ende, también tienen derecho al reconocimiento de su derecho a la identidad, el cual toma especial relevancia en esa etapa”, señaló. Por eso  seguirán trabajando para que el Estado reconozca su identidad de género, aseguró.

Ahora el proyecto pasará a control preventivo del Tribunal Constitucional por contener normas de naturaleza orgánica constitucional. Luego de despachado, el presidente de la República, Sebastián Piñera, puede formular vetos de naturaleza aditiva, sustitutiva y supresiva, en caso de que no le parezca adecuado el contenido del proyecto de ley. Constanza Valdés estima un mes o un poco más para este proceso. En este caso, el proyecto vuelve al Senado para discutirse y debe aprobarse en ambas cámaras. Si el presidente no hace observaciones en ese periodo, la ley queda lista para promulgarse y publicarse. Lo reglamentario es que entre en vigencia en un periodo de seis o diez meses desde su publicación en el diario oficial.

Fuente: www.agenciapresentes.org

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