Mañana entrará en vigencia la ordenanza de alcoholemia cero

Foto: diariojornada.com.ar

La normativa fue sancionada por el Concejo santafesino en agosto del año pasado.

A partir de mañana entrará en vigencia la ordenanza que modifica el Reglamento General de Tránsito, respecto a la tolerancia e ingesta de bebidas alcohólicas. De esta manera, se considerará que una persona se encuentra en estado de intoxicación alcohólica cuando la medición alcoholimétrica detecte la presencia de alcohol en sangre, sin importar los valores que arroje.

A partir de los cambios propuestos por el Concejo local en agosto de 2019, la detección de alcohol en sangre se considerará como alcoholemia peligrosa y se actuará conforme lo establece la normativa vigente para esos casos. No obstante, cuando la medición alcoholimétrica no supere las dos décimas de gramo por litro (0,2 gr/l) de sangre, no se aplicarán sanciones administrativas.

Las penalidades por alcoholemia positiva

La nueva normativa establece las siguientes sanciones en casos de alcoholemia positiva:

= De 0,3 gr/l a 0.7 gr/l por litro de sangre, de 190 UF a 630 UF y/o inhabilitación de hasta 180 días.

= Entre 0.8 gr/l a 1.3 gr/l por litro de sangre, una multa de 630 a 1200 UF y/o inhabilitación de hasta 210 días.

= Superior a 1.3 gr/l por litro de sangre, una multa de 1200 a 1900 UF y/o inhabilitación de hasta 240 días. Deberá realizar cursos de capacitación en educación vial.

= Los funcionarios públicos, los conductores de vehículos destinados al transporte de pasajeros, de menores, de máquina especial y de carga con alcoholemia positiva, será sancionado con multa de 1700 a 2000 UF y/o inhabilitación de hasta 365 días. Deberá realizar durante una semana los cursos de capacitación de educación vial.

Cada UF (Unidad Fija) tiene un valor 28,59 pesos.

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