Se tramitarán como un amparo colectivo los recortes de alimentos a comedores

    La causa está centrada sobre el desabastecimiento en los insumos para comedores y merenderos comunitarios provocado por el Gobierno nacional.

    El juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Walter Lara Correa, dispuso que la causa iniciada por la Unión de Trabajadoras y Trabajadores de la Economía Popular (UTEP) contra el Ministerio de Capital Humano que encabeza Sandra Pettovello sea tramitada como un amparo colectivo.

    Así, ordenó que se compulse si existen procesos similares en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema.

    La decisión judicial se da en sintonía con la presentación de una denuncia penal en la que la fiscal Paloma Ochoa intimó a Pettovello para que informe las condiciones en las que se suministran alimentos.

    La UTEP promovió la acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Capital Humano con el objeto de garantizar el derecho a la alimentación adecuada y a la seguridad alimentaria y nutricional de todas las personas que asisten a comedores y merenderos comunitarios, proporcionando alimentos de calidad, adecuados y en cantidad suficiente en atención a la obligación de progresividad y no regresividad en la materia, según consta en la presentación.

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    De esta manera, tal como vienen reclamando distintas organizaciones sociales, se solicitaba a Capital Humano que no terminara con la interrupción del envío de mercadería que debe abastecerlos.

    A su vez, el expediente solicita una medida cautelar para que la cartera que comanda Pettovello inmediatamente entregue la provisión necesaria para el sostenimiento de los comedores registrados.

    Según argumentaron, el Estado está obligado a "garantizar la seguridad y la soberanía alimentaria de toda la población argentina, con especial atención a los sectores en situación de mayor vulnerabilidad económica y social”, en el contexto de los Planes Nacionales de Seguridad Alimentaria y Argentina contra el Hambre de conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 25.724 y 27.642.

    Asimismo, denunciaron que existen partidas presupuestarias destinadas a solventar esas prestaciones, pero que el Ministerio de Capital Humano las subejecutó.

    Lara Correa consideró que “puede advertirse que existe una homogeneidad fáctica y normativa, que se individualiza en la alegada interrupción de la provisión de alimentos e insumos a los comedores y merenderos inscriptos en el RENACOM, así como también en la obligación que tiene el Estado Nacional de brindar asistencia alimentaria en virtud de la Constitución Nacional, los Instrumentos Internacionales y las demás normas y normativas aplicables, todo lo cual permite considerar razonable la realización de un solo juicio con efectos expansivos de la cosa juzgada, en tanto el interés considerado aisladamente no justifica la promoción de una demanda y, que a su vez, permite resguardar el derecho de acceso a la justicia".

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