La Justicia ordena otra vez más investigar el vaciamiento del banco

La Cámara Federal de Casación Penal de Rosario sacó un fallo histórico en la causa por el vaciamiento del Banco de Santa Fe: ratificó una sentencia que había anulado por “cosa juzgada fraudulenta” el sobreseimiento provisorio dispuesto en junio de 1993 por Víctor Brusa, que en aquel momento se desempeñaba como juez federal.

El nuevo fallo de Cámara, el sexto en la misma línea, ordena profundizar la investigación que involucra a numerosas personas que habrían provocado un importante quebranto a la herramienta financiera de nuestra provincia, para determinar las responsabilidades que pudieran corresponder. Los denunciantes estimaron el supuesto fraude en más de 500 millones de dólares, pero el gobierno de Santa Fe ha dicho que el costo del saneamiento para la posterior venta del banco duplicó esa cifra: fueron 1.000 millones de dólares que se terminaron de pagar recién en 2010.

El fallo de Casación revela que ya son nueve los jueces que ordenaron investigar el vaciamiento del Banco: siete de la Cámara Federal de Rosario (Fernando Barbará, Liliana Arribillaga, Carlos Carrillo, Elida Vidal, Eleonora Pelozzi, José Toledo y Jorge Gallino) en los cinco fallos en esa línea, desde 2013 hasta ahora, más dos camaristas de Casación: Eduardo Riggi y Liliana Catucci. En contraste, el juez federal de Santa Fe Reinaldo Rodríguez en junio de 2013 absolvió a los 44 imputados (ex presidentes y ex directores del banco) por prescripción de la causa; en agosto de 2015 rechazó la nulidad por cosa juzgada fraudulenta y cerró la causa y en julio de 2016 se declaró incompetente para avanzar en el proceso. La Cámara de Rosario ya le ha dicho que la acción penal no prescribió y consideró “insólita” su incompetencia porque la tomó “25 años después de iniciada la causa” en su Juzgado.

La Cámara de Casación intervino porque la defensa pública planteó un recurso extraordinario ante el fallo de la Cámara de Rosario que anuló el sobreseimiento de los imputados que había dispuesto Brusa en 1993 y ordenó continuar con el proceso. En el primer voto, los jueces Eduardo Riggi y Liliana Catucci dijeron que la apelación “no pudo refutar” los argumentos de la Cámara y por lo tanto propusieron declarar “inadmisible” la queja. Su colega, Ana María Figueroa discrepó con el criterio, pero el tribunal resolvió por mayoría y rechazó el recurso.

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