Un fallo a medida de Telecom-Clarín

La Justicia dejó sin efecto el núcleo central del decreto que declaró a las telecomunicaciones como servicio público. Así, el gigante mediático podrá aumentar tarifas sin la mediación de una regulación estatal.

El Poder Judicial suspendió el decreto que declaró a las telecomunicaciones como servicios públicos. La medida fue adoptada tras admitir un recurso de apelación presentado por Telecom Argentina, holding perteneciente al Grupo Clarín que reúne las marcas comerciales Personal, Fibertel, Flow y Telecom.

El pasado 30 de abril la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal decretó una medida cautelar que suspende los artículos 1 al 6 del decreto de necesidad y urgencia 690/2020 y también de tres resoluciones reglamentarias del ENaCom (1466/2020, 1467/2020 y 204/2021) que serán inaplicables para la empresa.

Vale recordar que en agosto del 2020 el gobierno nacional publicó el decreto 690 con el propósito de regular los precios de servicios de comunicación, en plena pandemia del coronavirus. Para ello, declaró como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga.

Sin embargo, este fallo de segunda instancia judicial restablece la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus precios y condiciones de comercialización. De modo que pueden disponer de los aumentos que consideren necesarios sin mediar por una regulación estatal.

Consecuencias de la medida

El vicepresidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom), Gustavo López, advirtió que este fallo “deja desamparados a millones de usuarios de la empresa Telecom”. Y acusó a los dos jueces de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de pretender “gobernar con medidas cautelares”, porque “la medida cautelar lo que viene a hacer es a reemplazar al Legislativo y al Ejecutivo, porque terminan legislando dos jueces –el fallo fue 2 a 1– en desmedro de los millones de usuarios que quedan desprotegidos y a merced del valor que fije la empresa”, cuestionó López.

Es de esperar, entonces, que el gobierno nacional apele la medida y que termine siendo la Corte Suprema la que dirima la cuestión de fondo.

Falencias en la regulación estatal

Desde que el decreto 690 entró en vigencia en agosto de 2020, el ENaCom comenzó a tomar medidas tendientes a regular el funcionamiento de un sector cada vez más estratégico en el escenario pandémico. No obstante, sus medidas han sumado más rechazos que adhesiones en por parte de casi todas las prestadoras del servicio, ya sean grandes, medianos y chicos, nacionales o multinacionales, empresas o cooperativas. Parece que la solicitud de estancar lo más posible el aumento de precios del servicio y, a su vez, el pedido de aumentar la inversión en infraestructura no es una buena ecuación.

Por otro lado, las iniciativas estatales en materia de telecomunicaciones tampoco vienen teniendo buenos resultados. Por ejemplo, una de las medidas que lanzó el gobierno para democratizar la conectividad fue el programa de Prestación Básica Universal (PBU), que estipula planes de TV por cable, internet y telefonía móvil a un precio muy accesible. Sin embargo, ha alcanzado a muy pocos beneficiarios: el presidente de la Cámara Argentina de Internet (Cabase), Ariel Graizer, reveló que la Prestación Básica Universal Obligatoria de internet fue solicitada en “una proporción menor al uno por mil”. Es decir, recibió unas 93 mil solicitudes sobre un universo de unos 9,3 millones de accesos existentes en el país.

Por lo que la política del gobierno tendiente a garantizar la conectividad se encuentra con múltiples obstáculos: cautelares judiciales, resistencias empresariales y escasa adhesión social a los planes vigentes.

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