Desde hoy se podrá utilizar la X en la categoría "sexo" del DNI

Aquellas personas que no se sientan identificadas con las alternativas "femenino" o "masculino" podrán optar por la X. El objetivo es salir "del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida", dice el Decreto Nacional 476/21, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

Las personas que no se sienten identificadas con la categoría "femenino" o "masculino" podrán desde hoy consignar una X en la categoría "sexo" del Documento Nacional de Identidad (DNI). Así lo dispuso el gobierno nacional, a través de la publicación del Decreto 476/2021 en el Boletín Oficial. El anuncio oficial de la medida se realizará hoy en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada, encabezado por el presidente Alberto Fernández.

La nomenclatura "X" en el campo "sexo" comprenderá las siguientes acepciones: no binaria, indeterminada, no especificada, indefinida, no informada, autopercibida, no consignada; u otra acepción con la que pudiera identificarse la persona que no se sienta comprendida en el binomio masculino/femenino.

"Resulta necesario establecer que pueda consignarse en el DNI así como en el Pasaporte Electrónico Argentino, en la zona reservada al 'sexo', y conforme el Documento OACI Nº 9303, las nomenclaturas 'F', 'M' o 'X', saliendo así del esquema de posibilidades binarias que existían previo al dictado de la presente medida", dice el decreto.

La medida será aplicable también a aquellas personas nacionales a las que se les hubieran expedido Partidas de Nacimiento en el marco de la Ley Nº 26.743, "con anterioridad a la vigencia de esta medida, sin perjuicio de lo consignado en la partida de nacimiento en la categoría 'sexo'".

El decreto dispone que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) "deberá adaptar las características y nomenclaturas de los DNI y de los Pasaportes que emite, con exclusividad, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 26.743", en referencia a la ley de identidad de género aprobada en nuestro país en 2012.

En este sentido, el texto oficial establece que "se incorporará una tercera opción documentaria en la categoría 'sexo' en el DNI y el Pasaporte, con el fin de contemplar el derecho a la identidad de género respecto de aquellas personas que no se reconocen dentro del sistema binario femenino/masculino".

El DNI que cuente con la letra "X" en la zona reservada al sexo "tendrá validez como Documento de Viaje a los efectos establecidos en el Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del Mercosur y Estados Asociados".

Idénticos derechos regirán para "las personas extranjeras que obtengan y/o cuenten con el DNI para Extranjeros, Pasaporte Excepcional para Extranjeros o Documento de Viaje para Apátridas o Refugiados.

Por otra parte, el Renaper deberá informar sobre las "posibilidades de ver restringido" el "ingreso, permanencia y/o situación de tránsito en aquellos Estados en los cuales no se reconozcan otras categorías de sexo que no sean las binarias".

La norma publicada hoy lleva la firma del jefe de Estado; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; del ministro del Interior, Eduardo "Wado" de Pedro; y de la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

La identidad como un derecho humano

En los considerandos del Decreto 476, se alude a que "el derecho a la identidad de género es inherente al derecho a la propia identidad, que forma parte del campo de los derechos humanos".

También se expresa "el derecho a la identidad tiene una directa e indisoluble vinculación con el derecho a no sufrir discriminación, a la salud, a la intimidad y a realizar el propio plan de vida" al tiempo que "se constituye como un concepto genérico que ensambla otros derechos que tutelan diversos aspectos de la persona".

La medida también dispone la capacitación sobre el tema para agentes de la Administración Pública Nacional en un plazo de 120 días. La instancia de sensibilización quedará a cargo del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

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