El juez Mingarini fue suspendido y enfrentará un juicio político

Así lo definió el Tribunal de Enjuiciamiento por unanimidad. El magistrado quedará suspendido y cobrará la mitad de su salario. El pasado 31 de mayo el juez había liberado a un hombre acusado de violación por el uso de un preservativo.

Este martes el Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados de la provincia decidió por unanimidad (10 votos contra 0) abrir el juicio político al juez Rodolfo Mingarini. El mismo había sido denunciado después de liberar a un acusado de violación porque a su criterio, al haber usado preservativo, no le parecía que la relación pudiera ser forzada.

A partir de ahora, y durante 240 días, el tribunal deberá definir el futuro del magistrado, quien quedará suspendido y cobrará la mitad de su sueldo. Las denuncias contra Mingarini habían sido presentadas por el Procurador de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Barraguirre.

Antes de tomar la decisión, los diez integrantes del Jury dedicaron una hora a escuchar los argumentos del propio Mengarini, que hizo uso de su derecho a la defensa. A las denuncias realizadas por la Mesa Ni Una Menos Santa Fe se le sumó la redactada por el Procurador General Jorge Barraguirre quien basó sus argumentos no sólo en el fallo de 31 de mayo si no también en otros procedimientos en los que el magistrado desconoció la normativa nacional e internacional que protege los derechos de las mujeres. En este sentido, se entiende que no se cuestiona el contenido de sus fallos, sino la forma en que se procedió para llegar a ellos.

Todos los integrantes del jury votaron a favor de iniciar el juicio político: los seis integrantes de la Corte, Roberto Falistocco, Eduardo Spuler, Mario Netri (que lo hizo por medios digitales), María Angélica Gastaldi, Rafael Gutiérrez y Daniel Erbetta, como así también el diputado Maximiliano Pullaro, el senador Armando Traferri y los representantes de los Colegios de Abogados de Rafaela, Héctor Ferrero y de Reconquista, Julio Pagano.

TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS. APERTURA DEL ENJUICIAMIENTO LEY 7050

Dejar respuesta

Por favor, ¡ingresa tu comentario!
Por favor, ingresa tu nombre aquí