¿Dónde está el oro del Banco Central?

Oro

La Justicia ordenó a la entidad que informe sobre el envío de las reservas argentinas al exterior. Desde el Banco Central habían indicado que "no existen contratos que registren" el movimiento.

La Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que brinde información detallada sobre el envío de las reservas de oro al exterior. Fue gracias a un pedido de la Asociación Bancaria, luego de que el BCRA indicara que no había forma de auditar la operatoria porque "no existen contratos que registren" el movimiento de los lingotes, que equivalen a 4981 millones de dólares.

“Los contratos de colocación de lingotes de oro con el BIS y/o cualquier otro depositario del exterior … no existen a la fecha ni los había al 31/12/2024”, habían indicado desde el BCRA, entidad que preside Santiago Bausili.

El sindicato bancario consieró que “negar el acceso a esta información impide el ejercicio del control social sobre decisiones que tienen impacto directo en la economía nacional, el valor de la moneda, la política financiera, la credibilidad institucional, el control ciudadano de la gestión y la soberanía económica”. La Justicia dio lugar a la apelación: resaltó la importancia del acceso a la información pública y consideró que, al tratarse de datos de suma relevancia social, no se justifica la reserva.

Para la Justicia, "considerando el reconocimiento público efectuado por el Estado Nacional acerca del envío de lingotes al exterior a partir de información periodística, la reserva total de la información solicitada se encontraba reñida con los principios de transparencia, máxima divulgación y buena fe”.

Ahora, el BCRA deberá informar si existieron operaciones de envío de lingotes de oro al exterior y el monto involucrado; el ámbito en que se adoptó la decisión; las razones para omitir identificar el expediente administrativo en que se tramitó dicha decisión; qué funcionarios autorizaron el movimiento; la existencia o no de seguros que garanticen los contratos; y la la eventual notificación a la sindicatura de la entidad.

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