Se trata de las compensaciones a las compañías de larga distancia que otorgaban boletos sin cargo a personas con discapacidad, trasplantadas y niños y adolescentes con cáncer.
Además de incumplir con la Ley de Emergencia en Discapacidad, el Gobierno sigue atacando a los sectores más vulnerables. Este martes eliminó el sistema de subsidios del Estado que compensaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos otorgados a personas de este colectivo.
La medida se dio a conocer a través de la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial. Allí se establece: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674″.
Esas tres normas disponen en sus articulados que las empresas de transporte de larga distancia bajo control de la autoridad nacional tienen la obligación de trasladar gratuitamente a las personas con discapacidad, a personas trasplantadas o en lista de espera para recibir un trasplante y a niños y adolescentes con cáncer.
Antes de la nueva resolución, el Gobierno subsidiaba parte del costo de estos gratuitos destinados a personas con discapacidad, trasplantados y pacientes oncológicos. Sin embargo, ahora dejará de hacerlo.
Según la resolución, el “régimen basado en la libertad tarifaria", que implementó el Gobierno en 2024, permite a las compañías de colectivos absorber los gastos que implique la obligatoriedad de entregar pasajes gratuitos a estas personas.
En los considerandos se remarca que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad".
Y se concluye que “la causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada" por lo que se vuelve “innecesaria su continuidad en los términos originalmente previstos".
La resolución también aclara que el beneficio de gratuidad para estos usuarios sigue vigente y obligatorio para los transportistas. Por lo tanto, el Gobierno se haría cargo de asegurar que este derecho se respete: la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) supervisará que las empresas sigan emitiendo los boletos sin cargo conforme a las leyes nacionales.
En este sentido, la norma sostiene que la quita de estos subsidios “no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”.
Con información de Página 12









