El presidente firmó a la medianoche un DNU que establece que las autoridades podrán expulsar del país a quienes expresen mensajes de odio o inciten a la violencia contra la población argentina. Mientras, sigue en pie el proyecto para vender tierras sin límites a extranjeros.
Luego de semanas con encuestas y sondeos de opinión que muestran la caída de su imagen y una posible caída en la intención de voto, el presidente Javie Milei decidió usufructuar el nacionalismo despertado tras el Mundial y la campaña antiargentina.
A la medianoche publicó un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que autoriza la expulsión de extranjeros que agraven a la Argentina o a sus ciudadanos. El texto establece que las autoridades podrán retirar del país a quienes expresen mensajes de odio o inciten a la violencia contra la población argentina. La decisión involucra a personas que, mediante manifestaciones orales o escritas, resulten ofensivas para el país o para ciudadanos argentinos.
El decreto 681/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial hace referencia a la campaña antiargentina: "Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país".
— Oficina del Presidente (@OPRArgentina) July 30, 2026
En los considerandos del decreto, se recordó que "la República Argentina se ha caracterizado históricamente por su política de apertura, hospitalidad y respeto hacia los extranjeros que deciden habitar su suelo".
Pero agrega que "no obstante dicha tradición de acogida, el ejercicio de la soberanía estatal faculta al Estado Nacional a establecer las condiciones de admisión, permanencia y expulsión de las personas extranjeras, con el objeto de salvaguardar el orden público, la seguridad interior y la cohesión social".
Luego se argumenta que "han aumentado considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional" y lo considera "un riesgo para todos los argentinos y representa un quebrantamiento del respeto básico que se debe tener respecto de los nacionales de nuestro país por parte de los extranjeros que pretenden ingresar o permanecer en el territorio nacional".
Tras mencionar varias razones, el decreto concluye que "no corresponde permitir que aquellos extranjeros que se encuentren en la República Argentina o en el exterior que hayan manifestado mensajes de odio o actos de hostilidad contra los ciudadanos argentinos puedan ingresar o residir en el territorio de la República".
Aplicación extranjeros
Consultado por Infobae, el abogado constitucionalista Félix Lonigor explicó que, aunque existe la posibilidad de deportar extranjeros, la Constitución Nacional requiere que este tipo de restricciones se legislen a través del Congreso. “Esto debe ajustarse al principio de legalidad y, por lo tanto, debe ser el Congreso de la Nación el que avance y legisle sobre este tema”, sostuvo el constitucionalista.
El especialista detalló que los presidentes pueden dictar decretos de necesidad y urgencia solo en circunstancias excepcionales. “Para que el presidente pueda hacerlo, necesita que haya circunstancias excepcionales que le impidan esperar al Congreso”, afirmó Lonigro. Además, indicó que todos los ministros deben firmar la medida y que el Congreso debe aprobarla para que tenga validez definitiva.
La discusión sobre la aplicación del decreto se centró en casos de mensajes en redes sociales que puedan considerarse agravios. Lonigro subrayó que, en la práctica, la identificación y sanción de usuarios en plataformas digitales resulta compleja. El constitucionalista sostuvo que las decisiones de expulsión deben basarse en un análisis judicial y no en la discrecionalidad de una sola autoridad administrativa o política.










