Nuevo avance de la mano dura en la modificación de la ley que regula la vida en las cárceles.

Por Guillermina Barukel y Luciana Ghiberto (*)

Otra vez, más cárcel, más castigo y penas más duras aparecen como las únicas respuestas al problema social de la “inseguridad”. Este pedido aparece hoy en la escena política de la mano de Cambiemos, que propuso modificar la Ley N° 24.660 que regula la vida de las personas detenidas en cuanto a sus condiciones de alojamiento, el acceso a la salud, la educación, el trabajo y las diferentes fases que deben atravesar para recuperar la libertad. El 18 de noviembre de 2016, la Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley, que fue tratado en el recinto cinco días más tarde, recibiendo media sanción: contó con el apoyo de los tres partidos integrantes de la coalición gobernante (PRO, UCR y Coalición Cívica), del Frente Renovador y de algunos sectores del Partido Justicialista.

Esta reforma genera, a grandes rasgos, dos núcleos de problemas. Por un lado, endurece los requisitos para acceder a la progresividad de la pena. La reforma pretendería restringir o eliminar las salidas transitorias y la libertad condicional, borrar los estímulos educativos de reducción de la pena, así como limitar las posibilidades de incorporación al régimen de semilibertad (por ejemplo, salir a trabajar de día, volver a la prisión de noche) a quienes se encuentren detenidos por determinados delitos. La eliminación de derechos básicos y fundamentales como la educación y el trabajo (que en la cárcel suelen funcionar como premios y castigos) atenta contra las posibilidades posteriores de construir proyectos de vida alternativos al circuito del delito y la cárcel.

Por el otro lado, la reforma le da más poder al Servicio Penitenciario. Le otorgaría más facultades arbitrarias a los órganos técnicos de custodia dentro del Servicio Penitenciario, habilitándolos a realizar evaluaciones sobre cómo los presos podrían comportarse en el futuro y pudiendo establecer cuánto tiempo más permanecerán encerrados. El juez sería recién competente para decidir al momento en que comienza el período de prueba, salidas y libertad condicional. Todo lo anterior queda a exclusivo cargo del servicio penitenciario, lo cual soslaya las garantías del derecho penal (como el derecho al recurso y al control judicial que se extienden a la etapa de la ejecución de la condena).

El CELS, la Procuración Penitenciaria de la Nación, la Comisión Provincial por la Memoria y la Red de Cooperativas de Liberados y Organizaciones Sociales en Contextos de Encierro (entre otras 30 instituciones y organizaciones) señalaron en una conferencia de prensa el pasado 16 de mayo: “Creemos que esta reforma acentuará los conflictos y no plantea soluciones a las problemáticas existentes en las cárceles: la superpoblación, el hacinamiento, la falta de asistencia a la salud e higiene, el acceso a la educación, la mala alimentación, la violencia física y psicológica y el uso de la tortura como prácticas habituales”.  “Exigimos que los diputados abran el debate y convoquen a las organizaciones, instituciones, familiares y liberados para pensar conjuntamente otros modos de abordar el problema de la inseguridad, en vez de disponerse a aprobar rápidamente una reforma que, creemos, no solucionará los conflictos dentro ni fuera de las cárceles”, plantearon.

Antesala del retroceso

Casi en simultáneo al debate de la reforma a nivel nacional, a fines de 2016 el Ejecutivo provincial promulgó el decreto Nº 4127/16 que modifica la Ley 24.660 transformándose en el nuevo marco regulatorio de los establecimientos penitenciarios de la provincia. El mismo concretó varios de los cambios en la misma línea de esta reforma que se está intentando rebatir a nivel nacional, siendo las más relevantes las modificaciones al régimen de evaluación del régimen de progresividad. Su consecuencia más inmediata: la pérdida de certezas sobre los criterios y reglas que rigen la evaluación, sobre los requisitos y plazos existentes para el ingreso a cada una de las etapas del régimen de progresividad. Hace ya seis meses que las personas privadas de su libertad en nuestra provincia sufren aún más al interior de la prisión: las posibilidades de “hacer mejor conducta” son menores, la información sobre cuándo podrán empezar a salir no es clara, el poder del servicio penitenciario es mayor.

Recetas viejas y oportunistas

Como en la generalidad de las reformas de mano dura, las justificaciones se montan sobre casos de fuerte impacto, que la demagogia punitiva utiliza para proponer viejas recetas  que evaden las problemáticas sociales estructurales. Ana Clara Piechestein desde “Limando Rejas”,  organización política comprometida con la disputa en favor de los derechos de quienes viven o han vivido el encierro carcelario, sostuvo cómo desde el colectivo se encuentran siguiendo el debate político de esta reforma desde sus inicios:  “El caso de Micaela reflotó estos proyectos que ya tenían aprobación en Comisión presentando a la cárcel como una manera de evitar delitos y recurriendo a la solución facilista de que, directamente, las personas no salgan de la cárcel; es una respuesta estatal montada sobre el populismo penal”, afirma Piechestein, que también es docente de Criminología de la UBA.

En este caso, los pedidos de severidad penal aparecen atados a los gritos contra la violencia machista; la derecha parecería estar utilizando los reclamos de “Ni una menos” como una excusa para catapultar reformas de mayores restricciones de las personas privadas de su libertad en general, utilizando a “los violadores” como latiguillo. Pero lo que no se dice es que el sistema penal es profundamente patriarcal, reproduce y acrecienta las violencias contra las mujeres; que ese sistema no es la solución porque llega cuando la violencia machista ya se consumó y que no ayuda a desarticular el machismo en su interior sino que por el contrario, lo exacerba. La cárcel no solo no reconoce el machismo estructural de la sociedad del cual surgen estas violencias, sino que es una institución signada por la reproducción de las masculinidades más violentas. Esto las feministas lo saben, y ante estas vinculaciones utilitaristas, la mesa nacional de “Ni una menos” ha elegido también al antipunitivismo como consigna para la próxima marcha del 3 de junio: “Queremos cambiarlo todo”, manifiestan.

Las debilidades de la reforma penal

Los mitos detrás de los muros

Si hay algo que hay que reconocerle al derecho penal es que ha logrado instalar en el imaginario social que el encarcelamiento es la única forma de resolver conflictos de lo más diversos. La cárcel ha colonizado nuestra manera de responder a los problemas sociales.

Esa naturalización reproduce ciertos mitos en torno al encierro que no son menores:

= “La cárcel disuade”. Falacia histórica si las hay: ni la existencia de la prisión ni el aumento de las penas ha desalentado alguna vez la criminalidad.

= “La cárcel corrige y rehabilita”. La cárcel no otorga herramientas para que los sujetos puedan empoderarse ni imaginar formas de vida para el momento en el que salen de allí. Se trata de una institución que aísla individuos, los deshumaniza y produce muchísimo dolor sobre los sujetos encarcelados y sobre quienes lo rodean.

= “La cárcel promueve la reinserción social”.  La mayoría de quienes la sufren no contarán con nuevas oportunidades ni con instituciones que los contengan al salir. No existen políticas post penitenciarias, lo que supone falta de compromiso y seguimiento con los liberados. Al contrario de ese fin declarado, la cárcel reproduce y acrecienta las desigualdades sociales.

Según el informe del Sistema Nacional de Estadística sobre Ejecución de la pena para diciembre del 2015 la población carcelaria condenada en la provincia de Santa Fe estaba compuesta en un 97% por varones y un 61% por menores de 34 años, de los cuales el 92% no poseía la escuela secundaria terminada. El 51% de los presos varones condenados tienen causas por delitos contra la propiedad y en el caso de las mujeres, la mayoría se encuentra encerrada por haber ocupado los últimos y menos importantes eslabones del narcotráfico como medio de supervivencia.

En la provincia de Santa Fe, solo una persona sobre 3611 se encontraba encarcelada por evasión fiscal. Esto es una muestra de lo excepcional que es encontrar presos por corrupción, delitos económicos e incluso delitos de lesa humanidad: estos son los delitos comúnmente perpetrados por poderosos (cuando es claro que existen más y que producen un daño social mayor).

La cárcel tiene múltiples efectos sociales que nunca forman parte de la discusión: estas reformas aparecen como “fórmulas mágicas” que buscan resolver graves problemas sociales en lugar de atacar las deficiencias institucionales y ampliar el debate. Hace más de 200 años se inventó la cárcel como forma de castigo “más humano”, reemplazando los castigos públicos y los descuartizamientos ¿No ha llegado el momento de pensar hoy, en nuevas formas de resolver conflictos?

(*) Sociólogas. Integrantes del Programa Delito y Sociedad de la Universidad Nacional del Litoral.

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