Desde el Siprus y el Colegio de Psicólogos piden por el cumplimiento de la Ley de Salud Mental

Foto: Mauricio Centurión.

El Siprus y el Colegio de Psicólogos recordaron que en 2020 vence el plazo para la completa aplicación de la Ley de Salud Mental en lo que refiere a la sustitución de las instituciones manicomiales por dispositivos comunitarios, respetuosos de los derechos de las personas.

Con el título "La salud mental también es prioridad en pandemia", el Sindicato Profesionales Universitarios de la Salud y el Colegio de Psicólogos 1ª Circunscripción emitieron un comunicado donde señalan "La necesidad del efectivo cumplimiento de los plazos máximos establecidos por ley para la sustitución definitiva de los hospitales psiquiátricos por dispositivos de atención insertos en la comunidad".

De acuerdo a la Ley Nacional de Salud Mental 26.657 –aprobada en 2010 y reglamentada en 2013–, en 2020 vence el plazo para la "sustitución definitiva" de los "dispositivos monovalentes", la forma técnica para referirse a manicomios, psiquiátricos y todo lo que conllevan, por "dispositivos comunitarios", en referencia a los (no tan) nuevos modos de abordar padecimientos subjetivos, respetando los derechos de las personas y fomentando la integración social.

"La falta de recursos es crónica en el ámbito de la salud estatal y en especial en el de la salud mental. Trabajamos en la pobreza de cara a la comunidad que habita en condiciones de extrema pobreza. Y lo que pone de manifiesto la pobreza es la sistemática vulneración de los derechos humanos", dicen los y las profesionales y apuntan que "La situación de pandemia actual ha puesto de manifiesto esta realidad sin velos". "La condición de trabajadores en salud pública nos ubica diariamente ante sectores de la población cada vez más amplios que gozan cada vez menos de lo privilegios que otorga la propiedad privada, población que sufre la falta de trabajo y la indigencia, y que se referencia con el centro de salud o el hospital estatal para aliviar el desamparo. Hoy la pobreza es una situación límite mucho más abarcativa que la locura y produce niveles de sufrimiento psíquico cuya magnitud arrasa la subjetividad", explican.

El objetivo de la Ley Nacional de Salud Mental vigente es el de hacer lugar a una nueva lógica respecto a las prácticas manicomiales, que se basa en la tendencia a trabajar en la autonomía y responsabilización de los sujetos, apelando a la menor imposición posible en los abordajes de atención, evitando los excesos medicamentosos y las prácticas de encierro y estigmatización. Para concretar estas metas, la ley promueve dispositivos alternativos al encierro, como las casas de convivencia, hospitales de día, cooperativas de trabajo, centros de capacitación socio laboral, emprendimientos sociales, hogares y familias sustitutas, a la vez que modifica el Código Civil para impedir las internaciones de personas por su peligrosidad.

El comunicado de los y las profesionales de la salud va dirigido al Ministerio de Salud, la Dirección Provincial de Salud Mental, el Ministerio de Desarrollo Social y laSecretaría de Niñez, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Diversidad, la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo, la Defensoría del Pueblo y la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes. "la salud mental debe planificarse interministerialmente", explican.

Entre otras demandas relacionadas con la aplicación efectiva de la Ley de Salud Mental, enumeran en el comunicado:

  • Proveer los recursos necesarios para la promoción, prevención y asistencia en salud mental en el primer nivel de atención y fortalecer aquellos que ya existen.
  • Financiar a los dispositivos sustitutivos que vienen funcionando.
  • Otorgar a la función del Acompañante Terapéutico la importancia central que reviste para sostener procesos de internación y externación, con reconocimiento salarial digno.
  • Instalar y promover dispositivos culturales con base en los barrios sin precarizar a les trabajadores. Articulación necesaria con Ministerio de Cultura.
  • Planificar y ejecutar políticas públicas en salud mental para les niñes y adolescentes que no contemple la internación como única alternativa posible.
  • Cumplir con los plazos legales de internaciones por crisis agudas en salud mental y prohibir las internaciones cuyo criterio sea social y no clínico.
  • Capacitar y generar recursos humanos y materiales para que las internaciones en salud mental en situaciones agudas se realicen en hospitales generales tal como establece la ley en su art. 28.
  • Crear nuevos dispositivos sustitutivos de alojamiento y viviendas asistidas en la comunidad permitiendo la reinserción social de aquellos niñes, adolescentes y adultes que están internados y/o en tratamiento. Articular para ello con el Ministerio de Desarrollo Social y la Secretaría de Vivienda.
  • Desarrollar un Programa Epidemiológico para el ámbito provincial que permita obtener estadísticas confiables sobre las necesidades de salud mental de la población.
  • Llamar a concurso para el cargo a la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión local de las prácticas en salud mental.

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