Por primera vez se juzgaron delitos sexuales contra secuestradas en la ESMA

    Esta semana se conoció una sentencia histórica, que por primera vez condenó la violencia sexual cometida contra mujeres secuestradas en la ESMA durante la dictadura, como un crimen específico y de lesa humanidad. Dos genocidas recibieron penas de 24 y 20 años de prisión.

    Por primera vez se condenaron los hechos de violencia sexual cometidos en la ex Escuela de Mecánica de la Armada durante la última dictadura. El represor Jorge "Tigre" Acosta fue condenado este viernes a 24 años de prisión, mientras que Alberto González recibió una pena de 20 años. En ambos casos las penas fueron unificadas a prisión perpetua por la sumatoria de condenas anteriores por otros delitos de lesa humanidad. Las víctimas fueron tres mujeres que permanecieron secuestradas entre 1977 y 1978.

    Las condenas se dictaron por "violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades", abuso deshonesto, privación ilegítima de la libertad y tormentos, delitos que se declararon imprescriptibles por ser de lesa humanidad. De esta manera, el Tribunal desestimó las presentaciones de extinción de la acción penal por prescripción formuladas por las defensas de Acosta y González. Los fundamentos del veredicto se conocerán el próximo 12 de octubre.

    Los jueces Adrián Grunberg, Daniel Obligado y Adriana Pallioti encontraron a Acosta culpable como autor penalmente responsable de los hechos cometidos contra tres mujeres que permanecieron secuestradas en el Casino de Oficiales del predio de la Armada entre 1977 y 1978. En tanto, González fue condenado por los delitos cometidos en perjuicio de una de esas denunciantes. Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978, según la acusación con la que ambos represores llegaron al banquillo. Las tres víctimas declararon en el juicio y ratificaron lo que padecieron, en audiencias que se hicieron de manera reservada.

    En el caso de Acosta se lo encontró culpable además de abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos agravado por ser cometido en perjuicio de una perseguida política, entre otros delitos. Sin embargo, el tribunal absolvió al ex jefe del GT 3.3.2 "por el beneficio de la duda" por dos hechos de violación agravada en relación a una de las víctimas.

    Acosta y González comenzaron a ser juzgados el pasado 27 de octubre de 2020, de manera virtual a raíz de la pandemia de coronavirus ante el Tribunal de Comodoro Py. La Fiscalía había pedido condenas a 25 años de prisión para Acosta y González, en un alegato en el cual el fiscal federal Leonardo Filippini aludió a que se probó que en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA hubo una "violencia específica de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres", informó Télam.

    "Hubo que esperar mas de treinta años, a pesar de que los delitos sexuales fueron denunciados en el Juicio a las Juntas, pero no escuchados. Algunas de las sobrevivientes todavía no son conscientes de que fueron victimas de violaciones. La vergüenza y la culpa, la condena social, la revictimización son barreras para todas las victimas de violación, aún hoy", señaló a Télam Myriam Lewin, periodista que estuvo cautiva en la ESMA.

    La investigación por delitos sexuales cometidos en la ESMA se abrió luego del veredicto en el segundo juicio oral de la megacausa que juzgó a los represores en ese centro clandestino y cuya investigación estuvo a cargo del exjuez federal Sergio Torres, actual ministro de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

    "Los delitos sexuales cometidos en la ESMA eran conocidos. Fueron narrados ante tribunales orales por quienes los habían sufrido. Muchas veces esa exposición implicó que sean revictimizadas. Ninguna de las sentencias dictadas en esta causa reflejó hasta hoy aquellas acusaciones", manifestó el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) tras conocerse la sentencia.

    "Poner la palabra ante un tribunal implica exponer las marcas que quiso dejar la dictadura: también las de un poder patriarcal y misógino", definió el organismo. "Pasaron décadas desde aquellos hechos, hasta que pudieron verse como delitos específicos, diferentes de las torturas", completó.

    La primera condena por abuso sexual en los juicios de lesa humanidad se dio a conocer en 2010 en Mar del Plata, y hasta entonces, se trataban de acusaciones que eran procesadas como abusos y torturas. Gregorio Rafael Molina, condenado a prisión perpetua en el juicio de lesa humanidad que se siguió por los crímenes perpetrados en el centro clandestino de detención ilegal La Cueva, fue el primer represor condenado en el país por delitos sexuales.

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