Milei eliminó restricciones para facilitar la importación de alimentos

importación

Para el Gobierno, la medida es una "revolucionaria desregulación", que consiste en mayor importación de alimentos contra la producción local.

El Gobierno modificó este lunes el Código Alimentario Argentino para facilitar las importaciones y exportaciones de alimentos. A través del decreto 35/2025 publicado en el Boletín Oficial, la medida fue celebrada por el ministro Federico Sturzenegger quien señaló que implica una "revolucionaria desregulación" del sector.

“Buscamos alimentos más baratos para los argentinos y más alimentos argentinos para el mundo”, enfatizó el ministro de Desregulación y Transformación del Estado en su cuenta de X (antes Twitter).

En palabras del funcionario, en materia de importación de alimentos la norma establece que los "alimentos con certificación en países de alta vigilancia podrán entrar sin restricciones al país y serán automáticamente incorporados al Código Alimentario Argentino".

Según se explica, la desregulación está dirigida a los productos que provienen de países con estándares sanitarios similares o superiores a los nacionales, reconocidos en tratados de reciprocidad o acuerdos de integración económica.

En tanto que en el Anexo III de la norma se explica que los productos que cuenten con certificaciones emitidas por los siguientes países quedarán eximidos de las exigencias tradicionales:

  • Australia
  • Canadá
  • Confederación Suiza
  • Unión Europea
  • Estados Unidos de América
  • Nueva Zelanda
  • Estado De Israel
  • Japón
  • Reino Unido de Gran Bretaña
  • Irlanda del Norte.

En caso de productos provenientes de estos países, el Gobierno destacó que la inscripción en los Registros Nacionales de Productos Alimenticios (RNPA) y la declaración de sellos y advertencias nutricionales, se limitará únicamente a completar una declaración jurada de importación.

Con respecto a la exportación de alimentos elaborados en nuestro país, Sturzenegger explica que el Estado "no podrá pedirles nada, y solo estará para emitir los certificados que el productor le requiera por ser requerimientos del país importador. El Estado deja de molestar para ponerse al servicio del productor".

Así, el exportador podrá solicitar los certificados correspondientes a las autoridades sanitarias argentinas solo si el país receptor lo exige, eliminando la imposición de requisitos adicionales por parte del Estado argentino.

Con información de Página 12

Dejar respuesta

Por favor, ¡ingresa tu comentario!
Por favor, ingresa tu nombre aquí