La Justicia frenó el proyecto petrolero Sea Lion en Malvinas y ordenó evaluar su impacto ambiental

La jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, hizo lugar a una medida cautelar presentada por excombatientes y abogados ambientalistas y ordenó a las petroleras Rockhopper y Navitas detener las obras vinculadas al emprendimiento hasta que se realice el procedimiento de evaluación ambiental ante autoridades argentinas.

La Justicia Federal de Río Grande ordenó frenar el avance del proyecto petrolero Sea Lion, ubicado a unos 220 kilómetros al norte de las Islas Malvinas, y dispuso que las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum no podrán iniciar ni continuar obras vinculadas con el emprendimiento hasta que se realice la correspondiente evaluación de impacto ambiental ante la autoridad nacional competente.

La decisión fue tomada por la jueza federal Mariel Borruto, en el marco de una acción preventiva por posible daño ambiental colectivo presentada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).

La cautelar alcanza las perforaciones del lecho y subsuelo marino, la instalación de infraestructura submarina, el tendido de conductos y líneas de flujo, la puesta en funcionamiento de unidades flotantes de producción, almacenamiento y descarga, el inicio de la extracción comercial y las obras terrestres y portuarias asociadas al proyecto.

Sin evaluación ambiental no hay proyecto

Uno de los elementos determinantes para la magistrada fue la información aportada por la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente. Según ese organismo, no se había presentado ningún aviso de proyecto ni iniciado un procedimiento de evaluación de impacto ambiental con las empresas demandadas.

Para Borruto, esa omisión resulta relevante porque la legislación ambiental argentina establece la necesidad de una evaluación previa para aquellas actividades susceptibles de producir una degradación significativa del ambiente.

La jueza aclaró que la medida cautelar no implica afirmar que Sea Lion vaya a provocar necesariamente un daño ambiental. Lo que consideró acreditado de manera preliminar es que el proyecto avanzaba sin haber atravesado el procedimiento destinado justamente a determinar cuáles podrían ser sus impactos y qué medidas deberían adoptarse para prevenirlos o mitigarlos.

En ese marco, la magistrada aplicó los principios de prevención y precaución contemplados por la legislación ambiental.

“El riesgo no es hipotético ni remoto”

Otro de los argumentos centrales del fallo fue el peligro de que el avance de las obras pudiera generar situaciones difíciles de revertir antes de que la Justicia resolviera la cuestión de fondo.

Borruto sostuvo que “el riesgo no es hipotético ni remoto” y consideró que el proyecto ya había superado la etapa meramente preliminar. Entre los elementos analizados aparecen la Decisión Final de Inversión adoptada en diciembre de 2025, la contratación de una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga y de equipos de perforación, además de documentación que indicaría que ya habían comenzado tareas de adaptación de infraestructura.

La jueza señaló que esperar a que el proceso judicial avance por las vías ordinarias podía volver ineficaz una eventual protección ambiental posterior.

El proyecto contempla, según la documentación incorporada al expediente, 23 pozos submarinos en su desarrollo inicial: 16 productores de petróleo, seis de inyección de agua y uno de inyección de gas. También incluye infraestructura submarina, sistemas de control, líneas de flujo y una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga.

Entre los posibles impactos señalados en la demanda aparecen la alteración del lecho marino, contaminación química, ruido submarino, descargas operativas, tránsito marítimo, afectación de mamíferos y aves marinas, emisiones y eventuales derrames de hidrocarburos en la zona de Malvinas.

La resolución, sin embargo, diferencia esos riesgos de la existencia de un daño ya comprobado: la cautelar no establece que esos impactos necesariamente vayan a ocurrir, sino que considera que la magnitud y características del emprendimiento justifican una evaluación ambiental previa.

Malvinas: Ambiente y soberanía, en la misma causa

La discusión judicial también incorpora una dimensión que excede la cuestión ambiental. Al analizar la legitimación del CECIM, Borruto sostuvo que el planteo no se limita a una controversia técnica sobre los posibles impactos de una explotación offshore, sino que también involucra la defensa de la soberanía nacional.

La magistrada consideró que ese interés constituye un bien colectivo y un asunto de carácter federal. También sostuvo que, aunque las compañías demandadas estén constituidas en el extranjero, el proyecto se desarrolla sobre espacios marítimos que, según la posición argentina, forman parte de su plataforma continental y están vinculados con la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas.

La cuestión había llegado a la Justicia a comienzos de septiembre, cuando el CECIM y AAdeAA presentaron la acción preventiva para impedir el avance del proyecto y reclamaron que las empresas cumplieran con el procedimiento de evaluación ambiental previsto por la legislación argentina. Días después, el juzgado federal de Río Grande se declaró competente para intervenir en el caso.

Las petroleras deberán informar qué están haciendo en Malvinas

Además de ordenar la suspensión, la Justicia intimó a Rockhopper y Navitas a presentar, dentro de los 10 días judiciales posteriores a la notificación, información detallada sobre el estado actual del proyecto en Malvinas.

Deberán informar el cronograma de construcción, perforación e instalación; la situación de los pozos; los equipos contratados; los principales contratistas y subcontratistas; la estructura societaria involucrada; el financiamiento y las aseguradoras. También deberán aportar estudios ambientales, análisis de riesgo, modelizaciones de posibles derrames y planes de contingencia.

La resolución ordenó además preservar la documentación técnica, ambiental, contractual, financiera y societaria vinculada con Sea Lion.

La cautelar tiene carácter provisional. Una vez que las empresas presenten la información solicitada y avance el expediente, el juzgado podrá mantener, modificar, ampliar o dejar sin efecto la medida. Por ahora, el proyecto queda frenado hasta que se sustancie la evaluación de impacto ambiental ante las autoridades argentinas y se adopte la decisión correspondiente.

El fallo de Río Grande se conoce además en un contexto de creciente disputa política y judicial alrededor de las actividades hidrocarburíferas en las aguas próximas a Malvinas. En los últimos días, el Gobierno nacional anunció nuevas acciones legales contra empresas vinculadas a la exploración petrolera y trabaja en un proyecto para endurecer las sanciones contra compañías que operen en las islas.

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